Es un delito contra la eficiencia de la administración pública.
La persona que incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, dirigidas a ella por autoridad competente, será sancionada de 1 (uno) a 3 (tres) años.
Cuando sea servidor de la Fuerza Pública (policía, militar, etc.) se niegue a obedecer o no cumpla las órdenes o resoluciones legítimas de autoridad competente, será sancionada de 3 (tres) a 5 (cinco) años.
Si el funcionario es agentes de autoridad y auxiliar Fiscalía General del Estado, será condenado con el máximo de la pena.
Nota.- Es muy común que se produzca por el incumplimiento de la Boleta de Auxilio.
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