ESTUDIO JURIDICO

Renovación de la copia del documento público, Art. 210 COGEP, Ecuador 2024.

  • De acuerdo al COGEP, son 11 artículos los que pertenecen a la documento público, presiona AQUI.

Art. 210.- Si el libro de registro o del protocolo se pierde o destruye y se solicita por alguna de las partes que la copia existente se renueve o que se ponga en el registro para servir de original, la o el juzgador lo ordenará asó, con citación de los interesados, siempre que la copia está clara.

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