ESTUDIO JURIDICO

Pluralidad de pretensiones, Art. 145 COGEP, Ecuador 2024.

  • De acuerdo al COGEP, son 10 artículos los que pertenecen a los apremios, presiona AQUI.

Art. 145.- Se puede proponer, en una misma demanda, pretensiones diversas, siempre que:

1.- Todas las pretensiones se puedan sustanciar por un mismo procedimiento.

2.- La o el juzgador sea competente para conocer de todas.

3.- Las pretensiones no sean contrarias ni incompatibles entre sé.

¿Necesitas ayuda o asesoría en este tema?

Para tu tranquilidad toda la información brindada será manejada con absoluta reserva y privacidad.

Compartir esta publicación