ESTUDIO JURIDICO

Indivisibilidad de la prueba documental, Art. 199 COGEP, Ecuador 2024.

  • De acuerdo al COGEP, son 12 artículos los que pertenecen a la prueba documental, presiona AQUI.

Art. 199.- La prueba que resulte de los documentos públicos y privados es indivisible, en consecuencia no se podrá aceptar en una parte y rechazar en otra y comprende aun lo meramente enunciativo, siempre que tenga relación directa con lo dispositivo del acto o contrato.

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