Comprende el conjunto de normas que tienen por objeto determinar la manera, el privilegio y el orden en cual deben pagarse a los acreedores.
Créditos de primera clase.
1.- Las costad judiciales que se causan en el interés general de los acreedores.
2.- Expensas funerales necesarios para la sepultura del difunto.
3.- Los gastos que provengan de la ultima enfermedad del fallecido difunto.
4.- La remuneración de los empleados y obreros, de conformidad a lo que dispongan las leyes especiales.
5.- Los créditos ocasionados por la compra de los artículos necesarios para la subsistencia del deudor y su familia.
6.- Las deudas al fisco provenientes de los impuesto del gobierno central (SRI) o gobierno seccional (Municipio)
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